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a. Para los Jóvenes:
Favorece la emancipación, la formación de nuevas familias y la natalidad.
Estabiliza a la juventud.
b. En la Tercera Edad:
Adecuación de la vivienda a la composición familiar, confort superior.
Alquiler soportable a los nuevos ingresos.
c. Para los Inmigrantes:
Potencia el alojamiento temporal.
d. En Unidades familiares Monoparentales:
Adecuación a la realidad socioeconómica.
e. Para personas con problemas de Movilidad laboral:
Adecuación al mercado socio laboral.
Todas las viviendas que ERROTABIDEA dispone o gestiona son Viviendas de Protección Oficial en régimen de alquiler o alquiler con opción de compra.
Requisitos de acceso:
El solicitante debe contar con permiso de residencia cuando dicho documento sea exigible.
Como se establece en el artículo 10 de la Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del derecho a la Vivienda en Navarra el precio máximo de venta y renta de las viviendas protegidas se establece en función de los módulos sin ponderar y ponderado, los cuales se establecerán con periodicidad anual, y se expresarán en euros por metro cuadrado útil de vivienda.
El arrendador repercutirá al arrendatario el coste real de los servicios que disfrute el inquilino y sean costeados por el arrendador.
El arrendatario se hará cargo de las altas de los suministros de agua, luz y gas, así como de contratar el seguro de hogar de la vivienda arrendada.
La renta se actualizará anualmente en función de las variaciones porcentuales del índice nacional general del sistema de Índices de Precios de Consumo.
Ej. Vivienda de 75m2 + 10m2 de Garaje + 6m2 de Trastero
Los arrendatarios de viviendas protegidas calificadas definitivamente como Vivienda de Protección Oficial que hayan suscrito un contrato de arrendamiento y conste su visado administrativo correspondiente, y estén al corriente del pago de los recibos de las rentas, de los gastos de comunidad, mantenimiento, contribuciones, tasas e impuestos municipales, en su caso, obtendrán las siguientes subvenciones, calculadas como un porcentaje del total de la renta mensual que corresponda según la siguiente tabla:
INGRESOS FAMILIARES PONDERADOS
SARA: Suficiencia Adquisitiva por Renta Adecuada.
Consultar en ERROTABIDEA .
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